Las bibliotecas deberán pagar una tasa por derechos de autor con el préstamo de libros
A partir de ahora las bibliotecas deberán pagar una tasa en concepto de derechos de autor por el préstamos de libros, en función de las obras prestadas y el número de usuarios del establecimiento, según el BOE. Esta medida responde a la transposición de una directiva europea aprobada en 2006.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte publicó el Real Decreto el pasado 1 de agosto y la medida entró en vigor al día siguiente. En concreto establece que las bibliotecas deberán pagar la cuantía que toma como base el número de obras sujetas a derechos de autor puestas a disposición, multiplicando por 0,004 euros el número de obras que han sido objeto de préstamo. Además, habrá otra parte que se obtendrá multiplicando por 0,05 euros el número de usuarios inscritos anualmente.
No obstante, el primer caso no se aplicará hasta el 1 de enero del 2016 y, hasta esa fecha el cómputo se obtendrá multiplicando por 0,16 euros el número de obras adquiridas anualmente.
Sin embargo, quedarán exentos de la tasa los centros de municipios de menos de 5.000 habitantes y las bibliotecas de instituciones docentes.
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